Residencia para Búsqueda de Empleo en España: Guía Completa 2025-2026

Permiso de 12 Meses para Buscar Trabajo o Emprender tras Finalizar Estudios

Última actualización: Abril 2026 | Autor: Escalona Abogados — Especialistas en Derecho de Extranjería en Barcelona

¿Qué es la residencia para búsqueda de empleo?

Es una autorización de residencia que permite a un estudiante extranjero que ha finalizado estudios superiores en España permanecer legalmente durante hasta 12 meses con el objetivo de buscar trabajo o iniciar un proyecto empresarial. Durante ese periodo no se puede trabajar por cuenta ajena, pero sí preparar la transición hacia una residencia laboral o de emprendimiento.

Está regulada por el RD 1155/2024 (artículo 190) y la Directiva (UE) 2016/801.

Legislación aplicable

  • RD 1155/2024 (Reglamento de Extranjería), art. 190.
  • Directiva (UE) 2016/801 sobre entrada y residencia para investigación, estudios y prácticas.
  • Instrucción DGM 1/2018 sobre búsqueda de empleo para estudiantes.
  • Instrucciones SEM 3/2025.

¿Quién puede solicitarla?

Personas extranjeras que cumplan todos estos requisitos:

  1. Ser titular de una autorización de estancia de larga duración por estudios en España (o prórroga).
  2. Haber finalizado los estudios con éxito.
  3. Haber alcanzado como mínimo el Nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF), equivalente a un grado universitario.

Requisitos

  1. No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  2. No encontrarse en situación irregular en España.
  3. No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.
  4. Carecer de antecedentes penales (España + países de residencia últimos 5 años).
  5. No padecer enfermedades del Reglamento Sanitario Internacional 2005.
  6. Ser titular de una estancia de larga duración por estudios.
  7. Haber finalizado los estudios y alcanzado al menos el nivel 6 EQF (grado universitario).
  8. Seguro médico público o privado.
  9. Medios económicos: 100% del IPREM mensual (aprox. 600 €/mes). Si acreditas tener el alojamiento pagado, se reduce al 50% del IPREM.
  10. Para familiares adicionales: 75% IPREM por el primer familiar + 50% IPREM por cada uno más.

Documentación necesaria

  • Pasaporte en vigor.
  • Título o certificado que acredite la finalización de los estudios superiores (mín. nivel 6 EQF).
  • Autorización de estancia de larga duración por estudios vigente o prórroga.
  • Acreditación de medios económicos.
  • Seguro médico.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Tasa abonada (Modelo 790).

Procedimiento

La solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia, preferentemente por vía telemática (plataforma Mercurio). El plazo de resolución es de 3 meses. Silencio administrativo negativo.

Duración

La autorización tiene una duración de 12 meses. No es prorrogable. Durante este periodo, el titular puede buscar empleo, asistir a entrevistas, inscribirse en el Servicio Público de Empleo y preparar un proyecto empresarial.

¿Qué pasa después de los 12 meses?

Antes de que expire la autorización, debes haber conseguido una de estas opciones:

  • Contrato de trabajo y solicitar la modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Alta como autónomo y solicitar la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Si no encuentras trabajo ni emprendes, deberás salir de España o explorar otras vías de regularización (arraigo, reagrupación, etc.).

Familiares

Se pueden incluir familiares en la solicitud. Para el primer familiar se requiere un 75% del IPREM adicional y un 50% del IPREM por cada familiar adicional.

Errores frecuentes

  • Solicitar la búsqueda de empleo sin haber terminado los estudios.
  • Tener estudios por debajo del nivel 6 EQF (ej. FP superior no es suficiente; se requiere grado universitario).
  • Confundir esta autorización con un permiso de trabajo (no permite trabajar).
  • No tener medios económicos suficientes acreditados.
  • No solicitar la modificación a trabajo antes de que expire el permiso de 12 meses.

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