Visado y autorización de residencia para trabajadores remotos internacionales. Incluye ventajas fiscales del régimen de impatriados.
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Nómada Digital
Trabaje en remoto desde España
La Ley de Startups (Ley 28/2022) creó un marco específico para trabajadores remotos internacionales que desean residir en España mientras teletrabajan para empresas o clientes en el extranjero.
01
Requisitos principales
Para obtener el visado de nómada digital:
Ciudadano de país no UE
No haber residido en España últimos 5 años
Relación laboral con empresa/cliente extranjero (3 meses mín.)
Titulación o experiencia de 3+ años
Ingresos ≥ 200% del SMI (~2.700 €/mes)
Seguro médico privado
02
Duración y renovación
Opciones de tramitación según ubicación:
Consulado: visado hasta 1 año
Desde España (UGE-CE): autorización 3 años
Renovable
03
Ventajas fiscales
Régimen fiscal especial de impatriados (Ley Beckham):
Tributar como no residente fiscal
Tipo impositivo reducido
Compatible con el régimen de Beckham
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Preguntas frecuentes sobre la visa de nómada digital
Todo lo que necesita saber sobre el visado para trabajadores remotos internacionales que quieren vivir en España.
¿Qué ley regula el visado de nómada digital en España?
La Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups), introdujo por primera vez un marco jurídico para trabajadores remotos internacionales. Permite a profesionales de países no comunitarios que trabajan a distancia para empresas extranjeras residir legalmente en España.
¿Cuánto tiempo dura el visado de nómada digital?
El visado inicial tiene una duración de hasta un año, prorrogable mediante una autorización de residencia por un periodo máximo de cinco años. Durante este tiempo puede residir y trabajar legalmente en España, acceder al sistema de salud y beneficiarse del régimen fiscal especial de impatriados.
¿Qué ingresos mínimos se exigen?
Se requiere acreditar ingresos mensuales equivalentes al 200% del salario mínimo interprofesional vigente en España. Además, debe demostrar una relación laboral o profesional con empresas ubicadas fuera de España, ya sea como empleado o como profesional autónomo, con una antigüedad mínima.
¿Puedo acogerme a la Ley Beckham como nómada digital?
Sí, el régimen especial de impatriados permite tributar al tipo fijo del 24% sobre rentas hasta 600.000 euros durante un máximo de cinco años, frente a los tipos progresivos del IRPF que pueden llegar al 47%. No debe haber sido residente fiscal en España en los cinco ejercicios anteriores.
¿Mi empresa extranjera necesita hacer algo?
Si es empleado por cuenta ajena, la empresa debe autorizar formalmente el trabajo remoto desde España. Si es autónomo, debe acreditar la relación profesional con clientes extranjeros y que las empresas clientes operan efectivamente fuera de España desde al menos un año.
¿Puedo traer a mi familia?
Sí, los familiares (cónyuge, hijos menores, ascendientes dependientes) pueden solicitar una autorización de residencia vinculada a la del titular del visado de nómada digital, con un procedimiento simplificado.
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