Residencia para Ciudadanos Comunitarios y sus Familiares

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Régimen Comunitario

Residencia para ciudadanos
comunitarios
y sus familiares

Certificado de registro de la UE y tarjeta de residencia para familiares extracomunitarios. Tramitación ágil y sin errores.

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Régimen Comunitario

Libre circulación en España
para ciudadanos de la UE

Los ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza tienen derecho a residir en España. Sus familiares extracomunitarios pueden obtener la tarjeta de residencia familiar.

01
Certificado de Registro UE

Obligatorio para ciudadanos comunitarios que residan más de 3 meses en España:

  • Trabajador por cuenta ajena o propia
  • Medios económicos y seguro médico
  • Matriculado en centro reconocido
02
Tarjeta para familiares

Los familiares extracomunitarios pueden solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano UE:

  • Cónyuge o pareja registrada
  • Descendientes menores de 21 o a cargo
  • Ascendientes a cargo
  • Vigencia de 5 años
03
Requisitos comunes

Documentación necesaria para ambos trámites:

  • Pasaporte en vigor del familiar
  • Documentación del vínculo familiar
  • Certificado de registro del comunitario
  • Carecer de antecedentes penales
Preguntas frecuentes

Dudas sobre el
régimen comunitario

¿Diferencia entre régimen comunitario y general?

El comunitario es más favorable: no requiere contrato para el familiar, tramitación más ágil y tarjeta de 5 años.

¿Mi pareja no registrada puede acogerse?

Sí, acreditando convivencia estable y análoga afectividad. El registro facilita la tramitación pero no es obligatorio.

¿Puedo obtener la residencia permanente?

Sí, tras 5 años de residencia continuada como familiar de ciudadano comunitario puede solicitar la residencia permanente.

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de resolución favorable en trámites comunitarios

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